
A partir del dia 01-01-2017 los arrendatarios de inmuebles rústicos, tienen la obligación de practicar una retención a cuenta del IRPF/IS del arrendador, aplicando sobre el importe satisfecho un porcentaj que para el año 2017 es del 19%.
Esta nueva regulación, implica además:
- La obligación de ingresar en Hacienda Tributaria de Navarra el importe de las retenciones practicadas, a través de la carta de pago modelo 759.
- La obligación de presentar el modelo informativo 180, resumen anual en el que se facilita a la administración tributaria los datos correspondientes a dicha retención.
Ley Foral 25/2016 de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias y Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre Sociedades
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