AVISO IMPORTANTE
Aplazamientos de presentación y pagos a la Hacienda Navarra
BON 65 de 26 de Marzo sobre medidas fiscales
El plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido y de las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes al primer trimestre de 2020, finalizará el 1 de junio de 2020.
Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas no estarán obligados a autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre.
Asimismo, se retrasa un mes el pago del vencimiento correspondiente al día 5 de abril de 2020 de los aplazamientos vigentes, retrasándose, en consecuencia, un mes cada uno de los vencimientos restantes. No se devengarán intereses de demora en ninguno de los plazos por el periodo comprendido entre el 5 de abril y el 5 de mayo.4.
Aplazamiento excepcional
Las deudas tributarias, correspondientes a declaraciones liquidaciones o autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 14 de marzo y el 1 de junio de 2020, podrán ser aplazadas, sin realizar pago a cuenta alguno, siempre que el solicitante quede al corriente en sus obligaciones tributarias.
La solicitud de estos aplazamientos se realizará a través del modelo oficial de aplazamiento, que únicamente podrá presentarse mediante los servicios telemáticos de la Hacienda Foral de Navarra, y se resolverá por la persona titular del Servicio de Recaudación.