¿Qué es una mancomunidad de vecinos?
Cada vez es más frecuente encontrar este término. Se trata de una comunidad de vecinos con identidad propia y un título constitutivo individual, que comparten algún elemento común que les obliga a constituirse como una mancomunidad o agrupación de comunidades.
Los ejemplos más claros los podemos ver en aquellas comunidades que comparten jardín, garaje, antena o calefacción, entre otros.
Nos encontramos con que coexisten las comunidades de cada edificio con la comunidad del elemento común que comparte el conjunto de edificios.
Dichas comunidades, así como sus normas de funcionamiento, suelen definirse en los títulos constitutivos. En el caso de que no se recoja, será necesario establecer una junta consultiva, a la que asistan todos los propietarios y en la que se acuerden un conjunto de normas.
Una de las maneras más fáciles y ágiles de proceder en este tipo de entidades es que, en las citadas juntas, cada una de las comunidades sea representada por su representante.
Para conseguir que todos los acuerdos alcanzados por la mancomunidad se realicen legalmente y evitar posibles impugnaciones, es esencial que el título constitutivo o el acta de la primera junta constitutiva sea elevada a documento público. Es decir, que estén inscritos en el Registro de la Propiedad. Con esto lograremos que tengan eficacia ante cualquier tercero.
Puede un Presidente de Mancomunidad dimitir al término de la Junta anual de Presidentes, si ha sido elegido en dicha Junta, porque no ha habido otro candidato y no se ha opuesto al nombamiemto efectuado al principio de kla Reunion
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