“Tengo una vivienda alquilada y, pese a haberlo pactado en el contrato, mi inquilino no paga la cuota de comunidad. ¿Cómo debo actuar?”.
Muchos propietarios que alquilan sus viviendas se ven en ciertas ocasiones en esta situación, aunque previamente se haya acordado en el contrato de arrendamiento que sea el arrendatario el que asuma el pago de dichas cuotas.
El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal establece en su punto uno que “son obligaciones del propietario: […] contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización […]”.
Siendo la expuesta la normativa vigente, la comunidad de propietarios, en el caso de que exista un impago por parte del arrendatario, se dirigirá al propietario, a quien deberá reclamarle su pago.
¿Puede el propietario excusarse frente a la comunidad presentando el contrato de arrendamiento debidamente firmado por ambas partes para que ésta dirija su reclamación al inquilino? La respuesta es muy rotunda: no. Dicho contrato no tiene efectos frente a terceros. En este caso, la relación establecida libremente por el propietario con la persona a la que ha alquilado la vivienda es ajena a la vida de la comunidad.
El propietario deberá cumplir con el pago y luego reclamar, de la manera que considere pertinente, lo adeudado a su inquilino.
Por todo ello, una vez más nos encontramos con la necesidad de contar con el asesoramiento de un profesional que nos ayude a redactar nuestro contrato de arrendamiento de forma que en las cantidades que se reciban al mes se incluyan esos gastos siempre. Todo ello debe recogerse teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Además, se recomienda que se prevea la manera de hacer frente a las posibles derramas que se realicen en la comunidad para hacer frente a gastos extraordinarios.
Marco Martínez
Especialista en administración de fincas
Hola ,mi hermana no paga la comunidad de vecinos,pero el piso donde vive está a nombre de mi madre, pueden reclamar a mi madre la deuda? Ella no está alquilada ,mi madre la deja vivir allí gratis.