Como ya hemos mencionado anteriormente, tener contratado un seguro de hogar no es obligatorio, pero sí más que recomendable. Hay que tener en cuenta que un fallo eléctrico o un incendio pueden ocurrir de forma puntual, pero existe la posibilidad de que se produzcan. Dicho lo cual, es aconsejable contar con un seguro de hogar lo más completo posible para prevenir la pérdida de los bienes.
Es frecuente que las compañías aseguradoras tengan diferentes criterios a la hora de valorar los daños causados a consecuencia de un siniestro. Es por esto que, llegado el momento de contratar un seguro de hogar, conviene tener claros algunos conceptos para evitar sorpresas.
Lo habitual es que el seguro del hogar cubra tanto el contenido como el continente de la vivienda. En cualquier caso, al firmar el contrato, hay que pararse detenidamente a leer cómo se valoran los bienes afectados en caso de siniestro. Para ello, hay que tener en la cabeza términos como…
- Valor de reposición
Se refiere a aquellos bienes que, en el instante de firmar la póliza, están en estado de nuevo, sin sufrir una depreciación por su uso o desgaste. No obstante, no es de extrañar que algunas compañías incluyan algunas excepciones en este tipo de valoración. - Valor real
Es el valor que tienen dichos bienes en el mercado. Se obtiene deduciendo del valor de nuevo la depreciación que hubieran podido sufrir por su antigüedad o uso antes del siniestro. Es la forma de tasación más frecuente. - Valor venal
Alude directamente al valor de venta de los bienes en el instante anterior a producirse el siniestro. - Valor de reparación
Se aplica en el caso de que el asegurado prefiera no reparar un bien y opte por recibir la cuantía de dicha reparación. - Siniestro total
Se califica así cuando la reparación de un objeto supera con crece su valor actual.
Es importante destacar que, cuanta más documentación pueda aportar el asegurado sobre sus bienes, más precisa será luego la valoración de los mismo.