El Impuesto sobre el Valor Añadido, más conocido como IVA, se aplica a la gran mayoría de productos y servicios (alimentación, transporte, productos tecnológicos, etc.). Pero, ¿se paga IVA por el seguro? La respuesta es no. Los seguros están exentos, según lo fijado en el artículo 20 de la Ley 37/1992. Se especifica que quedan libres de esta obligación las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.
Pero, ojo. Que este sector esté liberado de pagar el IVA no significa que no esté sometido al pago de otros impuestos y gravámenes. Es más, en tu contrato con la compañía aseguradora se aplica el IPS (Impuesto sobre Primas de Seguro). Y, ¿para que sirve este cargo? El objetivo es financiar las coberturas de riesgos extraordinarios, de los cuales se encarga el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). De igual forma, el recibo de tu seguro incluye otro Recargo para la Liquidación de Entidades Aseguradoras (RLEA), en caso de que la compañía se declare insolvente.

IPS
El Impuesto sobre Primas del Seguro grava un 8% del precio neto del seguro. Hay que destacar que este gravamen corresponde exclusivamente a los riesgos establecidos en España, por lo que los riesgos de otros países no está incluidos. Atañe a los principales seguros (hogar, coche, etc.), pero cuenta con algunas excepciones. Los seguros de asistencia sanitaria, de enfermedad, de crédito y caución, y los agrarios, entre otros, no se ven afectados por este cargo.
CCS
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública y el cargo que incluye la compañía aseguradora está destinado a su financiación. El CCS apoya al sector asegurador, principalmente cuando ocurren catástrofes naturales, atentados terroristas…
El pago de este recargo variará en función del seguro. Además, es una recaudación basada en la solidaridad territorial de todos los asegurados. Esto quiere decir que se trabaja por igualar las primas, para no perjudicar a aquellas zonas geográficas más proclives a sufrir daños extraordinarios.
RLEA
El Recargo para la Liquidación de Entidades Aseguradoras supone el 0,15% del precio neto anual del seguro. El fin de este impuesto es garantizar las coberturas del asegurado en caso de que la compañía contratada tenga problemas de solvencia económica. Llegados a esta situación, es el CCS el encargado de liquidar a la empresa y atender a los clientes que se vean comprometidos, así como a terceros perjudicados, proveedores, etc.