La cédula de habitabilidad es un documento que garantiza al comprador o al arrendatario de una vivienda que ésta reúne las condiciones mínimas de habitabilidad. Contar con dicho documento es obligatorio, además, para la contratación de los suministros de agua, luz y gas.
Es el ayuntamiento el organismo competente para expedir la cédula de habitabilidad. Es decir, es el municipio el que otorga el permiso para que una persona pueda habitar una vivienda, ya que cumple con todas las condiciones que requiere la ley.
Hablamos de un documento exigible a la hora de comprar o arrendar un inmueble, es imprescindible contar con él para cualquier transacción inmobiliaria.
Tipos de cédulas de habitabilidad
De primera ocupación
Este tipo de cédula de habitabilidad se destina a viviendas nuevas o que han sido rehabilitadas significativamente,
Tiene una vigencia de 25 años, si nos referimos a inmuebles nuevos, y 15 años en los casos de viviendas rehabilitadas en su primera ocupación.
De segunda ocupación
Se requiere para viviendas preexistentes o usadas. Su vigencia es de 15 años.
Requisitos
Los requisitos para conseguir la cédula de habitabilidad pueden variar en función de la Comunidad Autónoma donde se localice la vivienda. No obstante, se suele tener en cuenta la superficie total y útil de la construcción, la altura, ubicación y distribución de los espacios.
En Navarra, además de la solicitud, se exige la siguiente documentación:
En viviendas de nueva construcción
- Certificado de obra firmado y visado, en el que conste el número de viviendas terminadas.
- Licencia municipal de primera utilización del inmueble.
- Certificado municipal relativo a la dirección postal y datos catastrales (si no consta en la licencia municipal).
- Fichas firmadas de datos generales del Libro del Edificio.
- Planos finales de obra, de haberse modificado respecto al proyecto inicial.
En el caso de la solicitud de vivienda existente que no contaba con cédula de habitabilidad o de la renovación de la misma:
- Impreso de solicitud.
- Copia de la escritura de la vivienda o nota simple del registro que acredite la titularidad.
- Si es una renovación, fotocopia de la cédula o número de la misma.
Una vez presentada toda la documentación, un técnico municipal procederá a la inspección, en la que comprobará si se cumplen los requisitos de habitabilidad.