Los daños por agua en las comunidades de vecinos son los siniestros que aparecen más frecuentemente. De hecho, según datos de UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), en España se producen cada año alrededor de 854.800 siniestros de estas características en edificios asegurados.
En estos casos, lo primero que hay que hacer es determinar el origen, para saber si la indemnización debe correr a cargo del seguro comunitario o al de una vivienda concreta. Y es que son muchas las causas que pueden desembocar en un daño por agua (goteras, humedades, rotura de tuberías, etc.).
Identificar el origen del siniestro
Cuando el propietario afectado se percate del daño e identifique un problema causado por el agua, deberá comunicarlo a la aseguradora. Será la compañía la que mande a un profesional para que identifique el origen del siniestro.
Si se concluye que el siniestro se ha iniciado en una vivienda particular, el seguro de dicho hogar se hará cargo de la reparación o de la indemnización, según corresponda, de los daños causados en otras viviendas y/o en zonas comunes del edificio. En cualquier caso, es conveniente conocer bien la póliza del seguro de la comunidad, pues, en algunos casos, ésta incluye cobertura de responsabilidad civil por aguas privadas. Si se diera esta situación, existiría la posibilidad de proceder a través del seguro de la comunidad.
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Seguro del hogar: ¿Indemnización o reparación?
Pongámonos en el caso contrario: se determina que los daños se han ocasionado por algún elemento comunitario (una tubería general o una bajante). Entonces, sería la aseguradora de la comunidad quien cubriera los gastos y desperfectos que se hayan podido provocar.
Tipos de daños por agua
- Tuberías comunitarias o bajantes
Si el origen del daño está aquí, la responsable sería la comunidad de propietarios. La Ley de Propiedad Horizontal especifica que las bajantes son un elemento común del edificio, por consiguiente, es responsabilidad de la comunidad de propietarios su mantenimiento y la reparación de los daños que se pudieran ocasionar a vecinos de la misma comunidad o a terceros. - Tubería privativa
La reparación corre a cuenta de la aseguradora del propietario, que sufragará los daños ocasionados en otras viviendas y/o zonas comunes. - Fenómenos atmosféricos
Como lluvia, tormenta o granizo. Aunque siempre es imprescindible conocer el origen, generalmente, la comunidad de propietarios se hace cargo de los gastos asociados a estos incidentes.